ALEGACIONES SIGPAC 2023
Se ha publicado en BOJA la nueva Orden reguladora del SIGPAC 2023, que os adjunto y en ella hay algunos cambios en relación a la presentación de las alegaciones y en el periodo excepcional de presentación para este año, que os resumo:
Artículo 6. Plazo y modalidades de presentación de solicitudes de modificación del SIGPAC. 1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 108.1 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, las solicitudes de modificación del SIGPAC se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, y se presentarán por los medios electrónicos establecidos al efecto, mediante la herramienta informática Sistema de Gestión de Ayudas (SGA), disponible a través de las entidades reconocidas por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en aplicación de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 4 de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.
La URL de acceso a SGA es: https://ws108.juntadeandalucia.es/SgaCac
2. El plazo de presentación de la solicitudes de modificación del SIGPAC se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 31 de mayo de cada año. En el caso de que se modificara el plazo de modificación de la Solicitud Única previsto en el artículo 112.1 de Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, se considerarán presentadas las solicitudes de modificación del SIGPAC que hayan tenido entrada hasta la fecha de fin de plazo para la modificación de solicitud única que se establezca. Sin perjuicio de lo anterior, para el año 2023 el plazo para la presentación de modificaciones al SIGPAC será el que establece la disposición transitoria primera de la presente orden.
Las personas interesadas pertenecientes a una organización de productores del sector de frutas y hortalizas (OPFH) que soliciten modificaciones del SIGPAC referidas a los cultivos recogidos en el Anexo III del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, verán ampliado el plazo de presentación, exclusivamente para estos cultivos, hasta el 25 de noviembre de cada año.
Para la Campaña 2023 el plazo de presentación de solicitudes de modificación del SIGPAC iniciará en la fecha de entrada en vigor de la presente orden que coincidirá con la publicación de la resolución de publicación del SIGPAC resultante de las actualizaciones del Sistema efectuadas en el año anterior.
Para la Campaña 2023 el plazo de presentación de la solicitudes de modificación del SIGPAC finalizará el 15 de julio de 2023.